Amenazar con publicar fotos íntimas de una mujer ya permitirá activar órdenes de protección en Chihuahua

Por Ana Luisa Terrazas·
Mujer de espaldas sentada en un sofá de sala con poca luz, sosteniendo un teléfono celular encendido por la noche
Imagen generada con IA

El Congreso del Estado aprobó una reforma a la Ley Estatal del Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia que permitirá a las autoridades ordenar de inmediato que un agresor se abstenga de difundir contenido que identifique a mujeres, adolescentes y niñas sin su consentimiento. La medida busca frenar la violencia digital y las amenazas de exposición en redes sociales.

Qué protección se puede ordenar

La reforma adiciona una fracción VIII al artículo 12-d de la ley, con lo que se amplía el catálogo de órdenes de protección preventivas y se dota a las autoridades de herramientas específicas para el entorno digital.

Con el cambio, las autoridades competentes podrán establecer como medida de protección la prohibición expresa al agresor de publicar, difundir o compartir, por cualquier medio físico o digital, imágenes, audios, videos, datos personales o cualquier contenido que haga identificable a la víctima sin su consentimiento.

Por qué se impulsó

La iniciativa fue presentada por la diputada Joceline Vega Vargas, integrante de la Comisión de Feminicidios. En su exposición señaló que la violencia digital afecta de manera importante a mujeres y niñas, y que puede manifestarse mediante ciberbullying, stalking, grooming, doxing, shaming y suplantación de identidad.

La legisladora citó cifras: 9.4 millones de mujeres en México han sido víctimas de violencia digital, y de acuerdo con el INEGI, 33.6% de las niñas y adolescentes de 12 a 17 años han recibido imágenes de contenido sexual sin su consentimiento.

Evitar que la amenaza frene la denuncia

Otro de los motivos de la reforma es que, cuando una mujer decide denunciar, el agresor puede amenazarla con difundir información o contenido digital que dañe su imagen, con el fin de presionarla para que abandone el proceso o guarde silencio.

Por ello, además de la protección física, la víctima será resguardada también en el entorno digital, pues una amenaza puede propagarse con rapidez y generar consecuencias personales, familiares, sociales y profesionales.

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